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Suprema Corte frena auditorías estatales y revocación contra alcaldesa de Acapulco

  • 14 ene
  • 2 Min. de lectura


Ciudad de México, 14 de enero de 2026.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le puso un alto a los intentos locales de revisar recursos federales y avanzar en un proceso de revocación en Acapulco, al confirmar las suspensiones que protegen a la alcaldesa Abelina López Rodríguez frente a auditorías estatales y un procedimiento impulsado en el Congreso de Guerrero.

El Pleno determinó infundados los recursos presentados por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y el Congreso local, quienes buscaban revertir la admisión de las controversias constitucionales 174/2025 y 176/2025, así como dejar sin efecto las medidas cautelares otorgadas previamente.

En la resolución, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía sostuvo que existe “apariencia del buen derecho y peligro en la demora”, debido a que los señalamientos están ligados a la fiscalización de recursos federales, como aportaciones del FISMDF, cuya revisión —recalcó— es facultad exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y no de las autoridades estatales.

Las controversias fueron promovidas por el municipio a través del síndico Miguel Jaimes Ramos, con el objetivo de blindar la autonomía financiera de Acapulco y asegurar que la revisión de la Cuenta Pública 2023, principalmente por fondos del Ramo 33 como el FAISMUN, se realice bajo competencia federal conforme a la Constitución.

En paralelo, el Congreso estatal también impugnó la controversia 176/2025, relacionada con un intento de revocación de mandato promovido por el ciudadano Ramiro Solorio. La SCJN confirmó igualmente la suspensión y puntualizó que la protección concedida se sostiene en derechos constitucionales del municipio y su presidencia, y no responde a beneficios personales.

Contexto

En México, los recursos federales que llegan a estados y municipios —como los del Ramo 33— tienen reglas estrictas y son parte del sistema nacional de fiscalización. Por eso, cuando surgen disputas por quién puede auditar o sancionar el uso de esos fondos, la discusión suele escalar al terreno constitucional, pues se trata del equilibrio entre facultades federales y estatales.

En este caso, el fallo de la Corte refuerza un criterio clave: cuando el dinero es federal, la auditoría también lo es, lo que limita la intervención de congresos locales o auditorías estatales en procedimientos relacionados con ese tipo de fondos. La decisión marca un precedente relevante para otros municipios del país que enfrentan revisiones o conflictos similares por la gestión de recursos etiquetados.

Suprema Corte frena auditorías estatales y revocación contra alcaldesa de Acapulco

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